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El sinsentido de la Ley de Paridad

Un Proyecto de Ley que discrimina a numerosos profesionales que se han sacrificado por su puesto de trabajo

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Nadie puede negar la evidente desigualdad entre hombres y mujeres en España durante el franquismo. En aquella época nuestra sociedad era profundamente machista y por norma el hombre era el que salía a trabajar, quedando la mayoría de veces la mujer relegada a las tareas domésticas. En el caso de que se le permitiera trabajar, sus condiciones laborales y salariales eran precarias, muy diferentes a sus congéneres masculinos, que por lo general ostentaban mejores cargos y salarios.

Mucho ha llovido desde entonces. Con la llegada de la democracia la sociedad española y sus leyes cambiaron sustancialmente. Con la firma de la Constitución en 1978 y la publicación del estatuto de los trabajadores en marzo de 1980, la igualdad ante la ley entre hombres y mujeres por fin era una realidad. A día de hoy cualquier mujer puede aspirar a ejercer la profesión que desee y a ocupar cualquier cargo. De hecho, en muchas profesiones –como la medicina o en la judicatura– las mujeres actualmente son mayoría y a pesar de la inercia de tan oscuro pasado, cada vez son más las que copan puestos directivos. A tenor de esa natural tendencia, no pasará demasiado tiempo antes de que sobrepasen en número en las altas instancias a sus compañeros varones. 

En una sociedad igualitaria, que determinados puestos sean ocupados mayoritariamente por hombres o por mujeres no debería ser objeto de debate, pues el mérito individual debería de primar por encima del sexo de la persona. Este concepto, que parece tan de sentido común, representa un problema para un gobierno como el nuestro, plegado a la ideología feminista radical. Y siguiendo con su tónica habitual de tramitar leyes inútiles y discriminatorias, el  5 diciembre del pasado año 2023 aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, que no se pudo tramitar la pasada legislatura debido a la convocatoria anticipada de elecciones.

¿Qué es la Ley de Paridad?

El objetivo de dicha ley es buscar una representación más equitativa de ambos sexos en todos los ámbitos, incluido el político y económico, garantizando la paridad en instituciones políticas, empresas y administraciones. Para conseguir la máxima paridad la ley específica que no puede haber más de un 60% o menos de un 40% de personas del mismo sexo. Este Proyecto de Ley va en consonancia a la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y medidas conexas, poniendo de manifiesto la voluntad del Gobierno español para legislar acorde a las normas y recomendaciones de la UE relacionadas con la igualdad de género.

Dicha norma afecta a: 

-Gobierno y la Administración: el Consejo de Ministros, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales de cada ministerio, así como todas las entidades del sector público estatal tienen un plazo máximo de 5 años para cumplir con los cupos.

-Consejos de administración de grandes empresas: los consejos de administración en general tienen hasta  julio de 2024 para cumplir con los objetivos y los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores, o una cifra de negocios de más de 50 millones de euros, o un activo superior a 43 millones hasta el año 2026.

-Los órganos constitucionales: Tribunal Constitucional, Tribunal de Cuentas, Consejo de Estado, Consejo Fiscal y Consejo General del Poder Judicial entran dentro de esta ley.

-Colegios profesionales: sus Juntas de Gobierno van a tener que cumplir con los cupos estipulados.

-Jurados de reconocimientos públicos: los organismos constituidos para otorgar premios de la Administración General del Estado y las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal también deberán respetar dichos porcentajes.

-Listas electorales: listas electorales cremallera para todas las elecciones generales, autonómicas, locales y europeas, donde se alternarán personas de uno y otro sexo hasta finalizar dicha lista.

Según manifestó la Ministra de Igualdad, Ana Redondo: «La meritocracia sin paridad no es posible. Se trata de romper los techos de cristal. Se trata de avanzar de forma real en la igualdad entre hombres y mujeres y cumplir con el mandato constitucional y los mandatos europeos».

Brecha salarial y el techo de cristal

La brecha salarial y el techo de cristal son falacias que el colectivo feminista y nuestro gobierno repiten una y otra vez, como si de un mantra se tratase, con el fin de crear un relato que justifique la aprobación de esta ley innecesaria y discriminatoria. El Estatuto de los Trabajadores, publicado en el BOE en 1980, impide que un hombre y una mujer realizando el mismo trabajo en idénticas circunstancias de formación, experiencia y dedicación, cobren diferente salario, y si se diera el caso podría denunciarse. Y de demostrarse, la empresa se enfrentaría a serios problemas legales que derivarían en una sanción mayúscula. También resulta del todo incierto que en un  país como es el nuestro, donde las leyes desde hace mucho tiempo garantizan la plena igualdad entre sexos, una mujer disponga de menores oportunidades para ocupar los más altos cargos. 

¿Por qué esta ley es discriminatoria?

Muchos son los hombres y mujeres que han trabajado muy duro, sacrificado por años su vida familiar y personal para poder alcanzar los más altos puestos de responsabilidad y que ahora pueden verse despojados de sus cargos por personas con menor capacidad y/o méritos, o verse imposibilitados de promocionar, por el simple hecho de nacer con unos determinados genitales. Si antes de la aprobación de la Ley de Paridad el nombramiento de un aspirante para el desempeño de cualquier cargo era motivado por sus méritos, indiferentemente de su sexo, a partir de ahora dichos nombramientos siempre serán cuestionados, pues no existirá la certeza de si han sido fruto de la valía del aspirante o del resultado de privilegiarlo para cumplir con la cuota de sexos que marca la ley

Otro aspecto negativo de la Ley de paridad es que está articulada de manera arbitraria, podría decirse que a la carta, pues se circunscribe a los puestos económicos y políticos de mayor responsabilidad, que a su vez tienen los mayores sueldos, obviando los trabajos penosos y peligrosos (minero, albañil, pocero, pescador, trabajador de altura, etc.), sectores por los que, paradójicamente, las feministas no muestran un gran interés.

Muchas son las mujeres que se han mostrado disconformes con esta ley, pues consideran que no hay nada más sexista que el gobierno las discrimine positivamente con la política de cuotas, tratándolas de incapaces para medrar en el ámbito laboral por sí mismas. 

Los cupos de género resultan siempre injustos, pues dejan fuera a personas que están más capacitadas para el puesto, lo que puede repercutir incluso en nuestra seguridad. Que un bombero sea incapaz de romper una puerta o de cargar con un herido puede costar vidas; o propiciar situaciones tan grotescas como que un policía pelee duramente con un tipo que se resiste a ser detenido mientras su compañera contempla la escena sin intervenir, quizá por miedo, quizá por su escasa capacidad física.

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