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Las responsabilidades del Gobierno en la DANA

¿Por qué incluir la dimisión de Pedro Sánchez en las protestas? Debemos hablar del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM) aprobado por el gobierno del PSOE en 2020.

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El 9 de noviembre hubo dos manifestaciones contra la gestión de la DANA en Valencia. La primera, convocada en la mañana por el Frente Obrero frente a las Cortes Valencianas, reunió a más de 1200 personas que exigieron responsabilidades tanto al gobierno autonómico como al gobierno central, pidiendo la dimisión tanto del Presidente autonómico Carlos Mazón como del Presidente del Gobierno Pedro Sánchez. 

Por la tarde otra manifestación, más multitudinaria y publicitada, convocada por varias organizaciones como Acció Cultural del País Valenciá, Arran-SEPC-COS-Endavant, BEA, Ca Revolta o CNT València, muchas de ellas cuantiosamente subvencionadas por el anterior gobierno del PSOE, solo pidieron la dimisión de Carlos Mazón. La jornada vespertina se caracterizó por increpaciones hacia personas que portaban pancartas que pedían la dimisión de Mazón y Sanchez por igual, y por motivar cargas policiales al arrojar una bengala al balcón del ayuntamiento y prender trajes EPI en la puerta del mismo. 

Las protestas del día 9 dejaron claro que existe un debate absurdo sobre quién tiene la culpa, si Mazón o Sánchez, pues el Partido Popular tampoco ha dejado de hacer demagogia con las responsabilidades. Ambos son responsables de la catástrofe y de su gestión, y estos son los motivos.

La responsabilidad de Mazón y el gobierno valenciano es clara, con una respuesta demasiado tarde para evitar la catástrofe, y una gestión nefasta tanto de los eventos que dieron lugar a la catástrofe como el manejo de la situación tras las inundaciones del primer día. En última instancia, ni Mazón ni los empresarios que hicieron trabajar a sus empleados en medio de las inundaciones pueden eludir su responsabilidad.

¿Por qué incluir la dimisión de Pedro Sánchez en las protestas? ¿Que se podía hacer para prevenir y gestionar posteriormente la catástrofe? Debemos hablar del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM) aprobado por el gobierno del PSOE en 2020. El plan se ideó para hacer frente a situaciones difíciles, catástrofes o amenazas inespecíficas de naturaleza multirriesgo. Hay dentro del plan varios niveles denominados «situaciones operativas»: tipo 1,2,3 y E. 

La primera situación operativa puede ser declarada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (DGPCE), cuando pueda solucionarse con los medios de la Comunidad Autónoma afectada (art 6.2.1), la situación operativa 2 es declarada por el Ministerio del Interior a través DGPCE y es clara, «cuando la o las emergencias no puedan controlarse, o haya un riesgo cierto de que no puedan controlarse, con los medios ordinarios propios de la o las Comunidades o Ciudades Autónomas afectadas, y sea o pueda ser necesaria la aportación de recursos y medios extraordinarios de la Administración General del Estado, o movilizables por esta, o de otras Comunidades Autónomas» (art 6.2.2). La situación operativa 3 se puede activar con la declaración de interés nacional de una emergencia, la Dirección Operativa de la Emergencia se encomienda así a la persona titular del Ministerio del Interior y a la persona titular de la jefatura de la Unidad Militar de Emergencias (art 6.2.3). Es decir, en una situación de tipo 3, la dirección de la gestión recae en el Ministro del Interior y no en el gobierno autonómico. Esta fase se puede dar por petición de la Comunidad Autónoma o por iniciativa del Ministro del Interior. Según el artículo 28 de la ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil son emergencias de interés nacional:

  1. Las que requieran para la protección de personas y bienes la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio.
  2. Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico.
  3. Las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional.

El martes 29 de octubre el nivel 2 fue activado por el gobierno autonómico. Sin embargo, no se activó el nivel 3 por parte del Ministerio del Interior en ningún momento, siguiendo hasta ahora en el segundo nivel del PLEGEM, por lo que la ejecutiva de Sánchez ha decidido no involucrarse en la gestión en los días más críticos. Esto quiere decir que ha existido una posibilidad de gestionar mejor y con más recursos la catástrofe por parte del gobierno, y no se ha hecho nada por aplicar el plan más adecuado. El nivel 3 estuvo cerca de aplicarse en 2022 con motivo de los incendios de Castilla y León en los que perdieron la vida 4 personas, en previsión de que los recursos de la Comunidad Autónoma no eran suficientes. La situación de la DANA ha sobrepasado los recursos y las capacidades autonómicas para hacer frente a la situación, y ello justificaría la aplicación del PLEGEM en su tercera fase, además ha afectado a varias Comunidades Autónomas. 

Cabe preguntarse si la incompetencia de Mazón, después de más de 200 muertos oficiales y numerosos desaparecidos, así como de las pérdidas materiales, no ha sido suficiente para el gobierno como para apartarlo de la gestión, sin necesidad de recurrir a otro mecanismo, como el  Artículo 155 de la Constitución. La omisión del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil en una fase adecuada es un hecho, y por ello hay responsabilidades, lo mismo se podría decir de la no declaración de Estado de Alarma, otro mecanismo viable para la gestión de las inundaciones. No solo es la previsión, sino también la gestión posterior de las inundaciones. 

 

 

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