El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ocultó como se ha hecho el proceso de cancelación de antecedentes penales
La cancelación de antecedentes penales siempre ha sido una cuestión muy delicada, pero que ahora con el proceso de regularización masiva ha tomado una mayor importancia.
Dada la importancia de no tener antecedentes para la obtención de la nacionalidad, ya hace unos años el Ministerio animó a la población extranjera a cancelar sus antecedentes para poder acceder a la nacionalidad. .
Además, en 2022 el Ministerio de Justicia amplió y aceleró la automatización de la cancelación de antecedentes penales mediante nuevos algoritmos y robotización (RPA), logrando cancelar decenas de miles de causas que antes no podían cancelarse de oficio.
El Ministerio de Justicia en 2022 implementó un nuevo algoritmo para ampliar las penas cancelables de oficio. El anuncio se hizo publico en mayo 2022, comunicándose que un nuevo algoritmo permitía cancelar automáticamente casi 40.000 causas en pocos días desde su puesta en marcha. El objetivo declarado era alcanzar la plena automatización del procedimiento a finales de 2022. Este proceso ya se había iniciado a modo “piloto” con un sistema de robotización, que se agilizo con el nuevo algoritmo de 2022.
En octubre de ese mismo año, el Ministerio informó que desde marzo de 2021 el sistema automatizado había cancelado casi 380.000 causas y que se estaban realizando talleres en centros penitenciarios para explicar a internos y profesionales cómo funciona la cancelación.
El algoritmo en si no hace nada que no este contemplado en la ley puesto que según el artículo 136 del Código Penal se permite la cancelación de antecedentes de oficio. Este articulo se incluyo en 1995 en el Código Penal.
El artículo 136 del Código Penal español regula la cancelación de los antecedentes penales. Este articulo indica que “Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, cuando hayan transcurrido sin haber vuelto a delinquir los siguientes plazos(…)”
Esta cancelación está supeditada a ciertos plazos y condiciones. Una persona puede cancelar sus antecedentes cuando haya cumplido la pena y haya pasado un tiempo sin volver a delinquir. Con distintos plazos que oscilan entre 6 meses para penas leves y los 5 años para penas graves, los plazos empiezan a contar desde que la pena este totalmente cumplida. La cancelación tambien exige que no se tenga responsabilidad civil (aunque la penal ya se haya cumplido) pendiente como, por ejemplo, indemnizaciones. El articulo tambien define dos vías de cancelación. Bien a instancias del interesado, cuando la persona lo solicita o de oficio, en este caso la administración lo realiza automáticamente cuando detecta que se cumplen los requisitos. Una vez cancelados, los antecedente los delitos desaparecen del Registro Central de Penados y la persona vuelve a ser considerada “sin antecedentes” a efectos legales.
La segunda vía de cancelación, la denominada de oficio, es la que ha permitido la automatización masiva y lo que ha generado la polémica actual.
Porque con el algoritmo y la robotización se ha conseguido que un proceso que era legal pero lento se realice a una velocidad muy superior
Y esta segunda vía es la que ha permitido la automatización masiva que ha generado la polémica actual. Esta automatización ha cambiado la escala y el método, pasando de un sistema manual a uno automatizado, capaz de cancelar ingentes cantidades de casos de antecedentes, sin solicitud del ciudadano. El proceso se acelero hasta niveles nunca alcanzados, se estima que decenas de miles en días. Las estimaciones hablan de alrededor de 1.130.000 cancelaciones de antecedentes penales en cinco años mediante sistemas “automatizados y robotizados” (algoritmos, RPA, IA administrativa). Algo imposible de obtener sin la automatización.
El gobierno indica que este proceso no contraviene el artículo 136 del CP; sino que solamente aprovecha el poder de las nuevas tecnologías para agilizar un proceso muy manual y demandante en tiempo. Que en principio podría ser un buen síntoma de la modernización y digitalización de la administración. Ya que antes era un proceso muy manual que se hacia caso a caso.
Pero cuando ha salido la noticia a la luz, desde numerosos foros tanto de expertos en IA, como juristas y por supuesto la oposición surge dudas al respecto. Con serias dudas sobre la transparencia. Tambien se cuestiona si la automatización respeta todos los requisitos del artículo. Si hay supervisión humana real. Y si cabe la posibilidad de que haya cancelaciones sin verificar la responsabilidad civil pendiente. Y sobre todo la parte política se cuestiona si el Parlamento fue informado adecuadamente del uso de algoritmos para aplicar este artículo.
El Gobierno vende la robotización como solución a retrasos históricos; la oposición la presenta como un atajo peligroso que sacrifica garantías jurídicas y de seguridad.
Esa automatización se ha usado en paralelo con la aceleración de nacionalidades por residencia (más de 780.000 propuestas entre 2022 y 2025) y con la tramitación de permisos de residencia, lo que ha generado la sospecha de que el “borrado” facilita la obtención de papeles a extranjeros con antecedentes.
La automatización masiva no es ilegal, pero sí plantea dudas sobre supervisión humana, transparencia, control parlamentario y cumplimiento del RGPD Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea) y el AI Act ( Ley Europea de Inteligencia Artificial).
No solo es un debate político a nivel nacional, también es un choque con varios marcos europeos. Por lo que esta polémica medida entra tambien en choque con legislación europea y se mira con suspicacia desde Europa. Incluso se plantea si esta automatización es compatible con la normativa europea. Ya que podría no cumplir RGPD Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea) y el AI Act ( Ley Europea de Inteligencia Artificial). El Reglamento se aprobó y adoptó en 2016, por lo que debería haber sido tenido ya en cuenta para esta automatización. Pero el IA act fue aprobado en 2024, por lo que la medida de automatización podría tener que ser revisada a la luz de la nueva ley. Lo que parece que no ha sido así.
En el RGPD hay varios puntos clave, ya que los antecedentes penales son datos especialmente sensibles, por lo que el RGPD exige que sean exactos, actualizados y tratados con base jurídica clara. Y por tanto un sistema automatizado que cancela masivamente debe garantizar Exactitud en el cómputo de plazos de cancelación. Y Registro y trazabilidad de cada decisión.
En el art 22 del RGPD se define claramente el alcance de las decisiones automatizadas, como esta del “borrado español”, indicando que debería limitarse mucho en procesos que tengan efectos jurídicos significativos como obtener un trabajo, un permiso o una nacionalidad.
Tambien establece que el sistema automatizado debería tener supervisión humana significativa, ser explicable y transparente (criterios, reglas, errores). Y haber pasado una Evaluación de Impacto en Protección de Datos (DPIA).
Si el sistema funciona como una “caja negra” sin supervisión real, podría entrar en conflicto con el espíritu del art. 22, aunque formalmente se alegue que hay funcionarios “validando”.
Tambien podría chocar frontalmente con el Reglamento europeo de IA (AI Act)
El AI Act clasifica como “alto riesgo” los sistemas de IA utilizados en Administración de justicia y procesos judiciales. Y en la gestión de derechos fundamentales y decisiones con impacto significativo en la vida de las personas.
Un sistema que decide sobre cancelación de antecedentes penales y que se usa para nacionalidad y residencia encaja de lleno en esa categoría de alto riesgo. Eso implica unos requisitos de diseño muy concretos sobre la gestión de riesgos, que incluya revisión de la calidad de datos y ausencia de sesgos. Y una documentación técnica detallada sobre la herramienta de automatización. Así un registro de logs y trazabilidad.
Esta ley de IA tambien enfatiza para temas judiciales la supervisión humana obligatoria. No basta con “poner un algoritmo” debe haber capacidad real de intervención y corrección por parte de funcionarios. Y tambien debe garantizar transparencia y explicabilidad. Debe poder explicarse por qué un antecedente se cancela o no, qué reglas se han aplicado y qué margen de error existe.
Si el sistema se ha desplegado sin cumplir estos estándares (o sin prepararse para ellos), España podría verse obligada a adaptarlo o limitarlo cuando el AI Act sea plenamente aplicable.
Al margen de la automatización la UE tiene unos principios generales en materia penal y de víctimas, que un borrado de penales ( y sobre todo a esta escala) puede estar contraviniendo. La UE quiere proteger el derecho de las victimas y el derecho de estas a la información y la tutela efectiva. Un borrado masivo y poco transparente puede percibirse como una desprotección simbólica de las víctimas, sobre todo en delitos graves. Tambien supone una quiebra de la confianza mutua entre Estados miembros, ya que los antecedentes penales se comparten entre países de la UE a través de ECRIS ( European Criminal Records Information System, es decir el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales. Si un Estado “limpia” masivamente registros sin garantías claras, puede afectar a la confianza en los intercambios de información penal.
El Reglamento europeo de IA (AI Act) considera de alto riesgo los sistemas usados en administración de justicia y decisiones con impacto fuerte en derechos. Un sistema que decide sobre cancelación de antecedentes penales entra de lleno ahí.
Por eso el gobierno ahora tiene que el sistema cumple RGPD y AI Act. Para poder decir con cierta solidez “esto cumple el RGPD”, el Gobierno tendría que poder enseñar, como mínimo que el tratamiento incluida la automatización , cumple el articulo 6 y el 10 de la RGPD, además del texto completo del Artículo 136 del Código Penal español. Y garantizar que se ha hecho una evaluación de Impacto en Protección de Datos (DPIA). Esta La DPIA debería detallar los Riesgos (errores de cálculo de plazos, cancelaciones indebidas, sesgos). Y medidas para mitigarlos (controles, supervisión humana, auditorías).
Deberá demostrar que las gestiones no se basan únicamente en tratamiento automatizado, o que, si lo es, se cumplen las excepciones y garantías. Por lo que se tendría que acreditar supervisión humana significativa, lo que significa funcionarios que revisan, pueden corregir y no se limitan a “firmar lo que diga el sistema”. Y que se respete el derecho de los afectados ( de los que solicitan la revisión o de las victimas) con la posibilidad real de obtener intervención humana, una explicación de la decisión y la posibilidad real de impugnarlo.
Por este mismo reglamento el sistema español debería garantizar la exactitud, minimización y trazabilidad. Y para ello demostrar que los datos de condenas y plazos son exactos y actualizados. Que el sistema no cancela nada antes de tiempo ni mantiene datos más allá de los plazos legales. Y que existe trazabilidad, con los Logs de qué expediente se canceló, cuándo, bajo qué reglas. Y la posibilidad de reconstruir el razonamiento aplicado. Se está manejando temas muy delicados y esto implica que la persona con antecedentes tambien debe ser informado de que tratamiento se está realizando de esta manera automatizada.
Asimismo, este mecanismo debe garantizar el cumplimiento del AI Act (IA de alto riesgo en justicia), que además de aspectos técnicos debe demostrar la revisión humana efectiva. Y para ello debe demostrar que hay funcionarios con formación específica que entienden cómo funciona el sistema. Y que puedan bloquear, corregir o revertir decisiones. Además de no estar sometidos a plazos o cargas que les obliguen a aceptar todo lo que diga la máquina. Y también que estos trabajadores tengan procesos claros para casos dudosos o complejos.
Tambien según este ACT la herramienta debe ser capaz de dar una explicación sobre la negación automática de un borrado de antecedentes a el propio afectado, a los órganos de control (tribunales, autoridades de protección de datos). Y en su caso al Parlamento.
Además, el gobierno debe demostrar que existen auditorías periódicas (internas y, idealmente, externas) sobre tasa de errores, casos en los que se ha tenido que corregir la decisión automatizada. Y los posibles sesgos (por ejemplo, si afecta de forma desigual a ciertos colectivos).Y una garantía de que hay mecanismos para parar o modificar el sistema si se detectan problemas graves.
Por lo que el Ministro Bolaños y los equipos responsables tienen que hacer un chequeo exhaustivo del mecanismo automatizado.
Otro de los aspectos mas criticados de esta situación, es que la automatización se ocultó al Parlamento. Se denuncia que Bolaños no detalló en sede parlamentaria el alcance de esta automatización de cancelaciones, mientras sí la presentaba como caso de éxito en foros tecnológicos y de digitalización.
Por lo que toda esta situación ha desembocado en un enfrentamiento entre Partidos políticos. Ya que el Ministro de Justicia, ha estado ocultando un proceso que atañe claramente a la seguridad y a la garantía jurídica y que además podría incumplir legislación europea. Uno de los momentos más tensos de esta polémica ha sido la pregunta y la respuesta que dirigida hace unos días por unos diputados al Ministro preguntando sobre la situación. El 14 de mayo se dirigió una pregunta escrita presentada por dos diputados del PP Silvia Franco González y Ángel Ibáñez Hernando. La pregunta se centraba en el uso de inteligencia artificial por parte del Gobierno, en particular qué sistemas de IA estaba desplegando la Administración General del Estado. Preguntando sobre que garantías existían para asegurar control humano, supervisión institucional, el respeto a derechos fundamentales y cumplimiento del Reglamento Europeo de IA. Y qué proyectos concretos estaban en marcha.
La pregunta no mencionaba explícitamente el borrado de antecedentes penales, pero sí exigía explicaciones sobre el uso de IA en la Administración, lo que incluye por su implicación política los sistemas automatizados del Ministerio de Justicia.
La respuesta oficial del Gobierno (firmada por la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, bajo el Ministerio de Félix Bolaños) fue extensa incluyendo aspectos como que el Gobierno había enmarcado diversas acciones en la Estrategia Nacional de IA 2024, que “constituye un instrumento clave para modernizar la Administración General del Estado, mejorar los servicios públicos y garantizar que el uso de estas tecnologías se realice bajo control humano, con plena garantía de derechos y supervisión institucional.”
Presentando a ALIA (Una especie de ChatGPT o Gemini estatal y publica para la administración) como “una infraestructura pública de modelos fundacionales multilingües que permitirá a las Administraciones usar soluciones de IA adaptadas al marco normativo europeo (Reglamento de IA), a la Carta de Derechos Digitales y a los principios de trazabilidad, explicabilidad y supervisión humana.” Tambien aseguro que todo se hace con control humano y supervisión institucional. Y se citan proyectos piloto como CardioMentor y Base Unificada de Conocimiento.
La respuesta menciona proyectos de IA en sanidad y fiscalidad, pero no menciona en ningún momento la automatización del borrado de antecedentes penales, pese a que ya existía y estaba en funcionamiento. Aunque la pregunta era amplia, el Gobierno omitió completamente el uso de IA para cancelar antecedentes penales. Así como el volumen de cancelaciones automatizadas. Sin explicar por supuesto los algoritmos aplicados en el Registro Central de Penados. Ni tampoco las auditorías, DPIA o controles específicos sobre ese sistema.
Uno de los aspectos mas claves y que no se menciono es la relación entre automatización y la concesión de nacionalidad y permisos de residencia.
Las consecuencias más inmediatas es un motivo más para la pérdida de confianza institucional .
Y ha generado en la oposición y en la ciudadanía serias dudas sobre la Seguridad pública y sobre si se han facilitado nacionalidades o permisos a personas con antecedentes
También ha generado una desconfianza generalizada sobre la IA, lo que puede lastrar la modernización de la Administración. Tambien se abre una posible fase de judicialización. Si se demuestra que se cancelaron antecedentes antes de tiempo o s sin verificar requisitos (responsabilidad civil, reincidencia), o sin supervisión humana real, pueden abrirse recursos contencioso-administrativos, reclamaciones de víctimas, e investigaciones de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos). Y tampoco es descartable una intervención por parte de la UE
Por tanto, el Ministro Bolaños y su silencio al ocultar aspectos muy delicados y graves del uso de IA tanto al Parlamento como a los ciudadanos tiene unas consecuencias muy serias, más allá de erosión de la imagen del Ministro.