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La reforma del artículo 49 de la Constitución vulnera la igualdad de los españoles ante la ley

La reforma del artículo número 49 de la Constitución Española sienta un gravísimo precedente al incluir dentro de su articulado la discriminación por sexo.

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El pasado jueves 18 de enero el pleno extraordinario del congreso aprobó la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española. Dicha modificación fue propuesta por el Gobierno, junto al PP, para ampliar los derechos de las personas con discapacidad y reparar un agravio histórico hacia ese colectivo, eliminando la expresión peyorativa «disminuidos» por «personas con discapacidad». La reforma se aprobó con 312 votos a favor y 32 votos en contra (del partido Vox por considerarla discriminatoria por sexo), y será remitida al Senado. De ser aprobada nuevamente entraría en vigor pasados 15 días.

La reforma incluye el siguiente texto: «Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad».

Lo que a priori parece ser un gran logro, tal y como ha vendido hasta la saciedad los medios de comunicación, tiene una vertiente más oscura, ya que su último párrafo refiere a una discriminación hacia los hombres y los niños varones (que al llegar a la mayoría de edad también serán discriminados) y que entra en colisión con el artículo 14 de la propia Carta Magna: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Este agravio comparativo ha pasado desapercibido para los medios de comunicación, que han preferido centrarse en las bondades de la nueva semántica. Dicho silencio se debe principalmente a que hay algunos medios que son afines al Gobierno y otros dependen de la publicidad institucional para subsistir o directamente están subvencionados, siendo una minoría los que se han hecho eco de la noticia.

Desde 2004, año de aprobación de la Ley de Violencia de Género, son numerosas las diferencias legales en España que discriminan positivamente a la mujer (en este blog se especifican 497, aunque su autor asegura que existen muchas más), pero esta es la primera vez que se realiza una reforma constitucional para su inclusión en el propio redactado. 

Con la deriva feminista radical que sufre desde hace años nuestro país, se ha naturalizado que la vida de una mujer es más valiosa que la de un hombre. Sólo hay que comprobar la ingente cantidad de millones de dinero público, de recursos y de publicidad que se destinan para atajar la mal llamada violencia de género, alegando que son asesinadas aproximadamente unas cincuenta mujeres al año (situación que saben es imposible de erradicar por completo). Lacra que es utilizada políticamente para obtener votos y que se alimenta con la complicidad de los medios, de manera sensacionalista, pues en torno a ella se ha creado una enorme estructura institucional de la que depende económicamente mucha gente. 

Sin quitar un ápice de importancia a las muertes de mujeres en el ámbito de la pareja, paradójicamente el Gobierno y los medios evitan hacer mención de los hombres asesinados por sus parejas, o a los niños asesinados por sus madres. También mantiene un silencio sepulcral sobre los suicidios, más de cuatro mil al año, tres cuartas partes protagonizados por hombres y en muchos casos motivados por denuncias falsas por parte de sus parejas. Otro tema que tampoco parece interesar es el de las más de 28.000 personas sin techo que hay en nuestro país, de las cuales casi el 80% son hombres. Con este panorama no es de extrañar que no suscite indignación alguna el hecho de que un discapacitado sea discriminado y carezca del derecho a recibir el mismo trato que una mujer discapacitada, sólo por razón de su sexo y sin tener en cuenta otras consideraciones tan relevantes como es la gravedad de la dolencia o la situación concreta del individuo. Hagamos por un momento un ejercicio de empatía y pensemos en lo que sucedería si esa discriminación se produjera a la inversa.

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